Hidrovía: la AGP ya comunicó que desde el 11 de septiembre comenzará a cobrar peaje

18 agosto 2021

El ente informó oficialmente la novedad en una nota dirigida a las agencias marítimas y armadores.


Tal como se preveía, la AGP empieza a cobrar peaje para el acceso a los puertos en la Vía Navegable Troncal. Foto Gente de Río.


Redacción Argenports.com

   Mediante una comunicación destinada a las agencias marítimas y armadores, se les informó que a raíz de los nuevos desafíos asumidos la Administración General de Puertos (AGP), desde el próximo sábado 11 de septiembre comienzan a implementarse nuevas disposiciones referidas a la facturación y cobranza del peaje de la Vía Navegable Troncal.

   Si bien no se informa el plazo de vencimiento de dicha modalidad, de acuerdo a lo que establece el decreto 427/2021 tendrá vigencia por un año.

   Como nuevo concesionario del dragado y balizamiento en la Hidrovía es que AGP (en principio por 12 meses) comenzará a percibir dicho peaje y todo parece indicar que se encargará de hacer una contratación directa para el mantenimiento.

   En tal sentido, trascendió que el dragado seguirá en manos de Jan de Nul, mientras que para el balizamiento se mencionan a empresas como Hydra, Pentamar, Sade Electromecánica y Navitronic.

   “Como es de público conocimiento, a través de lo dispuesto por el decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 427/21, se estableció que, a partir de las 00.00 hs. del próximo 11 de septiembre, la AGP actuará como concesionario de la operación para el mantenimiento de la Vía Navegable Troncal comprendida entre el kilómetro 1.238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior”, dice la nota remitida por AGP.

   “Por tal motivo, entre otras tareas, será la AGP SE quien deberá viabilizar y materializar la liquidación y el cobro del peaje que se percibirá de los usuarios del sistema”, agrega.

   A tales efectos, el ente comunica a todos los usuarios y en particular a las Agencias Marítimas y/o Armadores, que, a los efectos de establecer una nueva forma de comunicación e intercambio relativos a la facturación y cobranza del peaje, será necesario que remitan determinada información y documentación a la AGP SE.

   Con este nuevo esquema, la administración asegura que lograrán un sistema ágil y seguro que permitirá estar preparados para la nueva etapa y tomar rápidamente el control administrativo del proceso, evitando demoras y garantizando la operatividad contable de la principal vía de comercio exterior de nuestro país.

Condiciones generales

   En cuanto a las consideraciones generales allí expresadas pueden mencionarse las siguientes:

   a. Todos los buques/artefactos sujetos al pago del peaje deberán tener indefectiblemente un agente marítimo, con inscripción en AFIP, a cuyo nombre será emitida la factura.

   b. La condición de pago inicial será 30 días fecha de factura para todos los usuarios. La misma podrá ser revisada en función del historial de cumplimiento de cada cliente.

   c. En caso de que el pago no se realice a tiempo, se podrá inhabilitar al responsable para futuras operaciones, ya sean referidas a ese buque/viaje u otro.